¿Quién le dará el servicio?
Consultores acreditados que cubren el proceso de formación PyME-JICA ante la Secretaría de Economía.
 Dirigido a:
PyME's Mexicanas de los sectores de Industria, Comercio y Servicios y formalmente constituidas que no estén recibiendo apoyos para consultoría de otras dependencias federales, ni forman parte de los Programas de atención a Microempresas del Fondo PyME (por ejemplo: Mi tortilla y Mi Tienda).
  Beneficios
Servicios de consultoría estandarizada, que identifica el problema raíz dentro de un análisis diagnóstico de las áreas sustantivas de la empresa: administración, finanzas, mercadotecnia, producción y recursos humanos, guiándolos en un proceso de apoyo, atención y mejora continua con soluciones de alto impacto y bajo costo.
  Entorno
El Programa se enlaza estratégicamente al proyecto de formación de consultores PyME-JICA, registrados por la Secretaría de Economía. Ver más
  Noticias
  Tamaño
Sector
Tamaño
Industria
Comercio
Servicio
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51-250
31-100
51-100
  Presentaciones
  Preguntas
Preguntas frecuentes
  Antecedentes
En el marco del Acuerdo para el Fortalecimiento de la Asociación Económica entre Japón y los Estados Unidos Mexicanos, la Secretaría de Economía a través del Fondo PyME impulsa actualmente el Programa de Formación de Consultores PyME-JICA.  Ver más
  Objetivos
Fomentar el desarrollo y consolidación de las PyMES, a través del Programa de Consultoría Empresarial PyME-JICA, para aplicar en las PyMES un modelo de atención integral de consultoría estandarizada, por los Consultores PyME-JICA registrados por la Secretaría de Economía, que los apoyen en el incremento de su competitividad de 650 Pymes en esta primera etapa.
  Requisitos
Estar formalmente Constituida.
Tener cuando menos 2 años de operación.
El dueño o representante legal debe estar de acuerdo con el proceso.
El dueño de la empresa debe estar dispuesto y tener la capacidad de invertir en las mejoras requeridas.
No incentivar o influir en prácticas ilegales.
Disponibilidad de 3 meses (micro empresa) o 4 meses (pequeña y mediana empresa), requerido para dar cumplimiento al proceso de intervención y de su correspondiente seguimiento.
Que la empresa no esté siendo beneficiada por los programas de atención a Microempresas del Fondo PyME (por ejemplo "Mi tortilla" y "Mi tienda").
Que esté dispuesto a proporcionar los datos económicos y financieros necesarios para elaborar un plan de Asesoría y Mejora para su empresa.
Preferentemente que no haya participado en un proceso de consultoría anteriormente.
Que no esté recibiendo algún subsidio para consultoría por cualquier otro Programa Federal.
Empresa con 5 empleados formales o más.
  Duración y Costos
Tamaño
Duración
Costo del Servicio
Subsidio Fondo PyME
Pago de la Empresa
Micro
50 hrs. en 3 meses
$39,157.00 IVA incluido
$27,410.00
$11,747.00
Pequeña
70hrs. en 4 meses
$59,036.00 IVA incluido
$29,518.00
$29,518.00
Mediana
80hrs. en 4 meses
$77,109.00 IVA incluido
$23,133.00
$53,976.00
Condiciones de Pago
50% del costo correspondiente a la empresa antes de iniciar el servicio.
50% restante a los 2 meses de iniciada la consultoría en la siguiente cuenta:
  • Nombre:Confederación Patronal de la República Mexicana.
  • No. Cta: 0150601837.
  • Clabe interbancaria :012180001506018377.
  • Institución bancaria: Bancomer.
Si requiere mayor información o tiene algún problema para registrarse, comuníquese a:

           COPARMEX, Susana Muñoz Valadez Tel.: 56.82. 54.66, Ext. 279, Correo Electrónico: smunoz@coparmex.org.mx   Coordinador: Mario Martínez Pasapera

           SECRETARÍA DE ECONOMÍA, Alejandro García Vera, Tel.: 52.29.61.00 Ext.32124, Correo Electrónico: consultoriapymejica@economia.gob.mx
Secretaría de Economía JICA COPARMEX
Este programa es de carácter público, no es patrocinado ni promovido por partido político alguno y sus recursos provienen de los impuestos que pagan todos los contribuyentes. Está prohibido el uso de este programa con fines políticos, electorales, de lucro y otros distintos a los establecidos. Quien haga uso indebido de los recursos de este programa deberá ser denunciado y sancionado de acuerdo con la ley aplicable y ante la autoridad competente".
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